Trabajadores del poder judicial temen que las resientes modificaciones a la manera en que serán evaluados, estiman que su trabajo podría quedar a merced de la voluntad de un titular y las evaluaciones puedan convertirse en instrumento de presión, represalias o persecución laboral.

Por ello, han decidido implementar medidas urgentes para manifestar su inconformidad. Entre las acciones anunciadas destacan la suspensión de labores en los órganos jurisdiccionales a los que están adscritos, así como la toma de las instalaciones del órgano jurisdiccional correspondiente.

«Estimamos que nuestro trabajo nodebe quedar a merced de la voluntad de un titular, ni sujeto a evaluaciones que puedan convertirse en instrumento de presión, represalias o persecución laboral, desde este momento, hemos decidido establecer como medidas preventivas y urgentes las siguientes:
La suspensión de las labores que desempeñamos al interior de los órganos jurisdiccionales a los cuales estamos adscritos.
La toma de las instalaciones de este órgano jurisdiccional, lo que desde luego implica, el cierre de todos los accesos peatonales y vehiculares, tanto al personal adscrito a los tres órganos que se encuentran al interior de este edificio, de las autoridades, de las partes procesales y del público en general».

Esta medida conlleva el cierre total de accesos peatonales y vehiculares, afectando al personal, autoridades, partes procesales y público en general.

¿A QUIÉNES SE VA A EVALUAR?

✅ Secretarios de Tribunal de Circuito.

✅ Secretarios proyectistas de Tribunal de Circuito.

✅ Secretarios de Juzgado de Distrito.

✅ Secretarios proyectistas de Juzgado de Distrito.

✅ Secretarios de juzgados laborales federales.

✅ Secretarios proyectistas e instructores del Tribunal de Disciplina Judicial.

✅ Actuarios judiciales.

✅ Oficiales judiciales.

✅ Asistentes de constancias y registro de las categorías previstas.

¿QUÉ CALIFICACIÓN DEBEN OBTENER?

🟢 90 a 100 puntos: Sobresaliente. Constancia por dos años y distinción institucional.

🟢 80 a 89 puntos: Satisfactorio. Constancia por dos años.

🟡 70 a 79 puntos: Regular. Constancia por un año y acciones de fortalecimiento.

🟡 60 a 69 puntos: Suficiente.

Constancia por un año y acciones de fortalecimiento.

🔴 Menos de 60 puntos:

Estándar de desempeño no alcanzado. Puede dar lugar a un examen extraordinario, revisión y consecuencias legales. ⚠️ Una calificación menor a 60 no implica automáticamente la separación del cargo. Existen procedimientos y mecanismos de defensa. Los trabajadores han señalado que su objetivo es defender la independencia y la dignidad de su labor, rechazando que ésta quede a merced de la voluntad de un titular o a evaluaciones que puedan vulnerar sus derechos laborales.

Las autoridades del Poder Judicial aún no se han pronunciado oficialmente sobre estas medidas. Se espera que en los próximos días se realicen mesas de diálogo para atender las demandas del personal y evitar mayores afectaciones en el servicio judicial.

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