La reforma crea el delito de “ciberasedio”, para “quien a través de la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación, redes sociales, correo electrónico o cualquier espacio digital insulte, injurie, ofenda, agravie o veje a cualquier político, funcionario, representante de gobierno, policía o civil, con la insistencia necesaria para causarle un daño o menoscabo en su integridad emocional”.
Estableciendo cárcel de 11 meses a tres años de cárcel.
Organizaciones como Artículo 19 recuerdan que la libertad de expresión protege todo: desde la información favorable, hasta la indiferente; y por supuesto, también defiende los mensajes chocantes, inquietantes u ofensivos. También así lo menciona la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Además, sin definiciones claras o con explicaciones ambiguas, esta nueva Ley Censura en Puebla abre un espacio para las represalias gubernamentales.







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